- HECTOR TORRES DE LA CRUZ CON LAS HORAS CONTADAS POR FABRICAR CONTRATOS Y GASTOS PARA ROBARLE AL MUNICIPIO
- JNE TRASLADA SOLICITUD DE VACANCIA AL CONCEJO MUNICIPAL PARA SU PRONUNCIAMIENTO EN PRIMERA INSTANCIA, ORDENANDO CUMPLIR LOS PLAZOS Y PROCEDIMIENTOS DE LEY
Héctor Torres De la Cruz, alias “Gringo”, aquel
que fue elegido gracias a los golondrinos que llevó en tres cousters a las
elecciones municipales del 2010, aquel que se la daba de puritano aparentando
tener el alma y las manos limpias; resultó ser un lagarto, de esos que te
pueden comer con zapato y todo.
Logró la alcaldía del distrito de Santa Leonor
como si fuera un botín, por lo que empezó a morder insaciablemente el
presupuesto municipal, empleando diversas formas para apropiarse del dinero del
pueblo. Este sujeto, sin escrúpulos, todo matón,
ponía la cara de ogro ante el personal administrativo cuando se trataba de llenarse sus bolsillos; llegaba a la oficina obligando que le
giren al instante los cheques sobre los comprobantes de pagos que ponía sobre el
escritorio, sin sustento, todo “con cargo a regularizar”; pero se hacía el loco o se negaba a firmar las resoluciones, los contratos y los
memorándums que tengan que ver con pagos. A regañadientes firmaba y entregaba
sólo los que creía que no le comprometería. Este "Gringo" resultó ser muy peligroso.
Alcalde Héctor Torres De la Cruz |
Por mencionar un par de ejemplos; entre esos
comprobantes de pago que el alcalde sacaba sus cheques con urgencia y sin
documentos de sustento, estaban las facturas a nombre de “Estación de Servicios
Grifo Máster SRL” de Chancay, que abastecía de combustibles a la empresa
HR&NE Inversiones EIRL, de propiedad del alcalde, robándole a la
Municipalidad, en el 2011, el total de S/. 50,000.00.
Otro de los pagos que el alcalde exigía se
efectúe “con cargo a regularizar” eran los recibos por honorarios del ingeniero
“Helmer John Amaro Canchan”; fantasmal “Ingeniero Residente” de tres obras
ejecutadas en simultáneo el año 2011, pero donde a ese tipo no se le conoció en
las obras ni en pelea de perros, durante los meses de setiembre, octubre y
noviembre, por los cuales sacaron nueve cheques, perjudicándole a la
Municipalidad con el total de S/. 36,000.00. Éste es el caso que sustenta la
solicitud de la vacancia de Héctor Rodolfo Torres De la Cruz del cargo de alcalde
de la Municipalidad Distrital de Santa Leonor, presentada por la señora
Angélica Milagros Falcón Huamán.
RESUMEN DEL FUNDAMENTO DE
LA SOLICITUD DE VACANCIA
En el año
2011 se ejecutaron, entre otros, las obras “CONSTRUCCIÓN
DE PUENTE CARROZABLE PAQUINCHACA – JUCUL” (S/. 223,208.00); “CONSTRUCCION DE PUENTE CARROZABLE SALTA –
PARQUIN” (S/. 294,981.00) y “MEJORAMIENTO DE TROCHA CARROZABLE TRAMOS:
“MOLINO-JUCUL, JUCUL-PARQUÍN, PARQUÍN-PICOY, PICOY-CRUCE MAYOBAMBA
JUCUL-MAYOBAMBA, MAYOBAMBA-JUCUL” (S/. 153,168.00).
Helmer John Amaro Canchan "Ingeniero Residente" con el don de la ubicuidad |
Pero, en los gastos de dichas obras, se
observan comprobantes de pagos de S/. 4,000.00 mensuales, por cada obra, por
tres meses, por servicios de “Ingeniero Residente”; lo que es totalmente falso,
pues la ejecución de dichas obras estuvieron a cargo del Ing. Pedro Enrique
Quinteros Cipriano, supuesto Jefe de Desarrollo Urbano y Rural de la
Municipalidad.
Entonces,
el alcalde Héctor Rodolfo Torres De la Cruz, simuló contratos y efectuó pagos
por servicios que nunca se prestaron, beneficiándose con el dinero ilegalmente
extraído de la Municipalidad, incurriendo en la causal contemplada en el
artículo 22º, inciso 9, de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades
(en adelante LOM), en concordancia con el artículo 63 de la misma norma,
relativa a las prohibiciones de contratar sobre bienes municipales.
Es por
ello que la ciudadana Angélica Milagros Falcón Huamán, domiciliada en Chiuchín,
del distrito de Santa Leonor, ha presentado ante el Jurado Nacional de Elecciones,
con fecha 12 de agosto del 2013, la correspondiente solicitud de vacancia de Héctor
Rodolfo Torres De la Cruz, del cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital
de Santa Leonor, que se resume en lo siguiente:
·
Por haberse beneficiado con el
Ingeniero Helmer John Amaro Canchan del importe de S/. 32,400.00 (treinta y dos mil cuatrocientos nuevos
soles), dinero egresado de la MDSL en nueve cheques de S/. 3,600.00 (tres mil
seiscientos nuevos soles), cada uno, bajo la figura de pagar a este
profesional, a cuyo nombre se giraron los cheques, por servicios
paralelos de Ingeniero Residente,
desde setiembre hasta noviembre del 2011, de tres obras ejecutadas por la MDSL;
servicios que nunca
se prestaron; contando para ello con la
complicidad del Ingeniero Pedro Enrique Quinteros Cipriano, contratado por
locación de servicios como ingeniero de obras desde el mes de julio del 2011;
perjudicando a la MDSL con el total de S/. 36,000.00, incluido los S/. 400.00
por cada cheque que se retuvieron al locador por el 10% del impuesto a la renta
que fue depositada por la Municipalidad a nombre de la Sunat en el Banco de la
Nación.
·
La no prestación de los servicios
por parte del locador Ing. Helmer John Amaro Canchan se sustenta en que a este profesional le fue físicamente
imposible realizar las labores de ingeniero residente, peor en tres obras a la
vez, en el distrito de Santa Leonor (ubicada en la sierra de la provincia
de Huaura), pues en ese entonces fue GERENTE
DE DESARROLLO URBANO Y RURAL (cargo a tiempo completo) de la MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE AUCALLAMA (ubicada en la costa de la provincia de Huaral). Y siendo que el ingeniero residente debe estar de
modo directo y permanente (personal y a tiempo completo) en la obra, y por ser
responsable de la ejecución de la misma, tal labor ni siquiera podía ser
encargada para que lo ejecute otro profesional que no sea el mismo designado
como tal, a menos que sea REEMPLAZADO; además que una misma persona está impedida de
percibir dos remuneraciones del Estado, y siendo que el Ingeniero Residente debe ser designado con
contrato laboral, entonces la ley no permite que
un mismo profesional pueda ser residente de más de una obra en una misma
municipalidad o en municipalidades distintas, peor si,
al mismo tiempo, ejerce un cargo gerencial en una de ellas; en todo caso, en el Sector Público es incompatible
la percepción de una remuneración y una pensión, incluidos los honorarios por
servicios no personales, asesoría o consultorías,
salvo por función docente y la percepción de dietas por participación en uno de
los directorios de entidades o empresas públicas.
·
El
fantasmal Ingeniero Residente Helmer John Amaro Canchan fue contratado por locación de servicios; aunque suponiendo que estuviera permitido
por ley la contratación de ingeniero residente por locación de servicios, y
habiendo superado el valor de los servicios (S/. 12,000.00 por obra) las 3UIT
(3x3600=S/. 10,800.00), entonces debería haberse llevado a cabo un proceso de
selección por cada una de las tres obras, lo que no se cumplieron en el
presente caso, vulnerándose lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del
Estado y su Reglamento; pues el alcalde
se aseguró con una sola persona, eligiendo a dedo al Ing. Helmer John Amaro
Canchan, para simular un ingeniero residente en cada una de las tres obras, y
sustraer de esa manera el dinero de la MDSL.
·
Pues,
tenía contratado, también por locación de servicios, desde el mes de julio del
2011, al Ing. Pedro Enrique Quinteros Cipriano, pagándole por sus servicios la
retribución de S/. 2,000.00 mensuales, para que fuera él quien dirija la
ejecución de las obras y firme las conformidades de las adquisiciones de los
bienes y servicios, incluidas del fantasmal ingeniero residente Helmer John
Amaro Canchan que nunca existió en la ejecución de las obras. El alcalde le permitió al locador Ing. Pedro Enrique
Quinteros Cipriano sellar y firmar como “Jefe de Desarrollo Urbano y Rural” de
la MDSL, quien dirigió la ejecución de las obras no solamente durante el tiempo
en que figuró fantasmalmente como ingeniero residente el Ing. Helmer John Amaro
Canchan (setiembre a noviembre 2011), sino también en el mes de diciembre en
que las tres obras continuaron su ejecución y el nombre del Ing. Helmer John
Amaro Canchan desapareció de los gastos generados por la municipalidad en dicho
mes. Hay que resaltar que todo
ingeniero residente es el responsable de la ejecución de la obra y debe
dirigirla desde su inicio hasta su conclusión.
·
Con los abundantes medios probatorios anexados
en la presente solicitud de vacancia, se acredita la
intervención del alcalde en la simulación de un ingeniero residente cuya
existencia no pasó por el terreno de los hechos sino solamente por los
documentos de contratación y pagos para extraer dolosamente el dinero de la
municipalidad; demostrándose el INTERÉS DIRECTO del alcalde con el Ing. Helmer John
Amaro Canchan, a cuyo nombre se giraron los cheques;
afectando el patrimonio de la Municipalidad Distrital de Santa Leonor que el alcalde,
como máxima autoridad edil, está en la obligación de cautelar.
JNE TRASLADA SOLICITUD DE
VACANCIA AL CONCEJO MUNICIPAL
El JNE ha publicado en su Portal Institucional, el
contenido completo de la solicitud de vacancia, y el Auto Nº 01 mediante el
cual dispone correr traslado de la solicitud de vacancia al Concejo Municipal
de Santa Leonor, para su pronunciamiento en primera instancia, en los plazos y
procedimientos de ley, los que deberán ser cumplidos estrictamente.
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